La legislación dice que los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.
LOS CONTRATOS
La legislación dice que los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos, toman el nombre de contratos.
Para la existencia del contrato se requiere: 1. el consentimiento y 2. Que el objeto pueda ser materia del contrato.
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la ley. Desde que se perfeccionan obligan a los contratantes, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza son conforme a la buena fe, al uso o a la ley.
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Muy atentamente
C.P. y LIC. MIGUEL ÁNGEL PACHECO PEÑA
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